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Primer Tribunal Ambiental rechaza medidas cautelares solicitadas por CMP en contra del SMA.

Ene 3, 2018

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Medidas afectan a las comunas de Huasco, Vallenar y Freirina.


El Primer Tribunal Ambiental decidió rechazar las dos medidas cautelares solicitadas por la Compañía Minera del Pacifico CMP, en torno a la nulidad de la resolución exenta N° 1315 emitida con fecha 2 de noviembre de 2017 y consecuencialmente, la nulidad de cualquier potencial acto administrativo presente o futuro dictado por la SMA y que tenga relación directa o indirecta con la Resolución reclamada.

“Se rechaza la Primera Medida cautelar consistente en la suspensión total de los efectos que emanan de la resolución reclamada, esto es, resolución exenta SMA Nª315 de fecha 2 de noviembre, por carecer de objeto”.

“Se rechaza la Segunda Medida cautelar consistente en la imposibilidad de su renovación; por las razones ya expuestas precedentemente. Medidas cautelares conservativas solicitadas por la Compañía Minera del Pacifico S.A”.

La Compañía Minera del Pacífico que es actualmente titular del proyecto «Ampliación y Mejoras Operacionales en Mina Los Colorados” que considera una expansión del rajo de la Mina Los Colorados, y con esto, la incorporación de nuevas instalaciones y equipos mineros para lograr el aumento de extracción y tratamiento de minerales de hierro.

Como consecuencia de lo anterior, una parte del proyecto se encuentra al interior de las instalaciones productivas de la Mina Los Colorados; y la otra, a lo largo de la vía férrea utilizada para el transporte del producto, en la Región de Atacama, Provincia del Huasco, en las comunas de Huasco, Vallenar y Freirina (específicamente, entre la Mina Los Colorados y la Estación Maitencillo).

Según se desprende de la presentación de la empresa, la reclamación judicial se fundamenta a juicio de esa parte, en que el organismo fiscalizador habría dictado las medidas provisionales consistentes en el ajuste del número de vagones de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Calificación Ambiental Nº 246/2010, la cobertura de los vagones con un sistema de encarpado y la limpieza de la faja ferroviaria, sin que existiera un verdadero y efectivo “daño inminente al medio ambiente o a la salud de las personas”.


El seguimiento de esta y de otras causas estará disponible en el Sistema de Gestión de Causas alojado en la Página web del tribunal.

El Primer Tribunal Ambiental tiene jurisdicción en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo.

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