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Tribunal deja sin efecto rechazo de Proyecto Minero San Cayetano y retrotrae procedimiento de evaluación ambiental

Abr 23, 2026

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La sentencia acogió la reclamación ordenando que el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto minero San Cayetano, perteneciente a la sociedad Comercial Importadora y Exportadora Dicave Limitada, se retrotraiga hasta la etapa anterior a la dictación del informe de consolidación de evaluación ambiental. Con esto, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) deberá dictar un nuevo Informe Consolidado de Solicitudes de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones (ICSARA) que comprenda las diversas observaciones planteadas por la autoridad.

Del análisis de los antecedentes presentados, la sentencia determinó que durante el procedimiento de evaluación ambiental se infringió el principio de contradictoriedad respecto del titular. En lo puntal, se constató que el SEA, no implementó medidas suficientes que permitieran al titular conocer de forma oportuna los cuestionamientos técnicos derivados de las observaciones ciudadanas, de manera que la empresa no tuvo una instancia para resolverlas antes de la dictación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) desfavorable.

Luego, la sentencia reprochó al SEA que, una vez que la Excma. Corte Suprema ordenó retrotraer el proceso para abrir una nueva etapa de participación ciudadana, en el cual se formularon nuevas observaciones relativas a emisiones de polvo, ruido y vibraciones, la autoridad, en vez de otorgar una instancia para que el titular se hiciera cargo de tales aprehensiones, las utilizara como fundamento para rechazar el proyecto.

“[…] este Tribunal advierte que la autoridad ambiental fundó el rechazo del proyecto en una insuficiencia de antecedentes que, en lo sustancial, fue construida sobre la base de observaciones ciudadanas y de una reevaluación técnica […] sin conferir al titular una oportunidad procedimental equivalente a aquellas que el propio SEIA contempla para aclarar, rectificar o ampliar la información del expediente”, dice la sentencia.

Finalmente, la sentencia recordó que el proyecto minero contaba inicialmente con una RCA favorable, por lo que enfatizó que, dado este escenario excepcional, era “[…] especialmente exigible que la autoridad, al advertir que de las observaciones ciudadanas surgían cuestionamientos de fondo capaces de alterar el juicio previamente favorable sobre el

proyecto, explicitara tales reproches en términos inequívocos y otorgara al titular una oportunidad procedimental efectiva para abordarlos”.

El proyecto minero San Cayetano

Se trata de un proyecto minero de cobre emplazado en el sector El Reloj, fuera del límite urbano de la comuna de Ovalle, provincia del Limarí. Su objetivo es ampliar la producción de las faenas existentes desde las actuales 5.000 toneladas mensuales hasta una tasa de 60.000 t/mes.

Para materializar esta ampliación, el proyecto contempla, entre otras obras, la ampliación de tres botaderos de estériles existentes, la construcción de un nuevo botadero, la construcción y operación de una Planta de Procesamiento de Minerales, un Depósito de Relaves Filtrados y diversas instalaciones de apoyo. La planta fue diseñada con anterioridad a la DIA y consideró desde un inicio una capacidad máxima de 4.900 t/mes, por lo que no se proyecta aumentar dicha capacidad. Cabe señalar que ni la Planta San Cayetano ni el Depósito de Relaves Filtrados se encuentran actualmente construidos.

El proyecto abarca una superficie cercana a 320 hectáreas y considera una inversión de más de veinte millones de dólares.

Causa Rol R-88-2023

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