Se trata de una medida cautelar conservativa que se dictó en el marco de la demanda por daño ambiental interpuesta por pescadores, buzos mariscadores y macheros de la Región de Coquimbo que aducen que las obras realizadas por la empresa GTD Teleductos para la instalación del cable provocaron diversas varazones de machas.
Las principales controversias de la reclamación dicen relación con los efectos en la salud que podría tener el acopio y embarque del mineral por el material particulado y los gases generados; las emisiones acústicas y su afectación a la población aledaña.
“Este tribunal es de la opinión que se dio íntegro cumplimiento por parte del SEA y el titular (empresa) a la obligación de fomentar y facilitar la participación ciudadana en la evaluación del proyecto, de conformidad a la ley, así como el deber de establecer los mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad”, dijo el ministro presidente
Presentada por la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Peñuelas; la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caleta San Pedro y el Sindicato de Trabajadores Independientes Macheros y Otros de Coquimbo, fue admitida a trámite el pasado viernes y una vez notificada, la empresa tiene un plazo de 15 días para contestar.
La jornada permitió que la doctora explicara en profundidad las principales materias de la regulación que tienen que ver con la titularidad, tipología de derechos, gobernanza y gestión y la institucionalidad pública.
El recurso fue presentado por la Comunidad Indígena Colla Río Jorquera y sus Afluentes, de la Región de Atacama debido a la calificación ambiental favorable del proyecto “Prospección Minera Norte Abierto Sector Caspiche” de la Compañía Minera Casale SpA. que se ubica en la comuna de Tierra Amarilla.