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Se rechaza suspender obras del Proyecto Minero Arqueros en la Región de Coquimbo

Feb 23, 2026

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Tres vecinos de la localidad de El Molle, presentaron una solicitud de medida prejudicial cautelar para detener de forma total las obras del Proyecto Minero Arqueros, fundada en la supuesta afectación del sitio arqueológico Cementerio N°3, la que fue rechazada por el tribunal. 

De acuerdo con lo señalado en el escrito, los demandantes, buscaban evitar un presunto daño ambiental y patrimonial irreversibles provocado por la empresa con la construcción de su proyecto. La solicitud afirma que existiría una afectación directa en el cementerio, donde estaría ubicada una torre de alta tensión, existiendo evidencia de daños según un informe del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Los solicitantes alegan que existiría un riesgo inminente debido a que cualquier movimiento de tierra adicional podría significar la destrucción total de este sitio arqueológico, el que contendría mausoleos de piedra y ajuares funerarios.  

El tribunal decidió rechazar la solicitud de medida prejudicial cautelar debido a que no se presentaron antecedentes suficientes para acreditar los requisitos de procedencia de este tipo de medidas, especialmente respecto de la concurrencia de una situación de peligro inminente que exige una medida de carácter innovativo.  

En particular, la resolución establece que los solicitantes no acompañaron antecedentes que den cuenta de la existencia de presencia de vestigios, contextos funerarios o evidencias arqueológicas bajo el emplazamiento de la Torre N° 13, fundando su requerimiento solo en un informe que presenta deficiencias metodológicas. En este sentido, el tribunal destacó que el informe elaborado por el CMN no se ajusta a la metodología que el propio organismo establece para la realización de prospecciones visuales, ni tampoco presenta medios de verificación o evidencia que permita acreditar lo señalado en la solicitud. 

Asimismo, se establece en la resolución que los solicitantes no presentaron antecedente alguno respecto de la realización actual de trabajos en la zona de emplazamiento de la Torre N° 13, como tampoco respecto de labores de mantención u operación.  

De esta forma, el tribunal rechazó la medida cautelar solicitada, atendido su carácter excepcional y a la falta de antecedentes que den cuenta del cumplimiento de los requisitos de este tipo de medidas.  

La resolución fue adoptada por voto de mayoría compuesto por el ministro presidente Alamiro Alfaro Zepeda y la ministra Sandra Álvarez Torres. 

El ministro Marcelo Hernández Rojas, por su parte, votó en contra, estimando que el análisis cautelar en materia ambiental debe ponderarse a la luz de los principios preventivo y precautorio. En su opinión, aunque los antecedentes no acreditaban plenamente la existencia del cementerio o hallazgos consolidados, sí mostraban una probabilidad plausible de afectación patrimonial, cuya entidad no debería descartarse sin un examen técnico más riguroso. Por ello, estuvo por acoger provisionalmente una suspensión acotada al área específica controvertida y requerir al órgano técnico competente (CMN) antecedentes complementarios (metodología, georreferenciación, delimitación de polígonos y registros de recorrido), para despejar la incertidumbre. 

Antecedentes 

Cabe recordar que el tribunal se encuentra conociendo actualmente de la reclamación judicial interpuesta por la Junta de Vecinos El Molle en contra de la calificación favorable del Proyecto Minero Arqueros, impulsado por la Compañía Minera Arqueros S.A., filial de la empresa japonesa Nittetsu Mining Co. La causa, que se tramita bajo el Rol R-130-2025, fue admitida a trámite en junio de 2025, realizándose la audiencia de vista de la causa en noviembre del mismo año y se encuentra actualmente en proceso de redacción de sentencia.  

El proyecto 

El Proyecto Minero Arqueros consiste en la extracción y procesamiento de mineral de cobre mediante la operación de una mina subterránea, la construcción de una planta concentradora y un depósito de relaves, además de diversas obras complementarias necesarias para su funcionamiento, como sistemas de suministro de agua, energía y acceso vial.  

Sus principales componentes se agrupan en cuatro áreas: mina, planta concentradora, depósito de relaves y obras de apoyo que incluyen impulsión de agua, líneas y subestaciones eléctricas, y caminos. 

El proyecto contempla una inversión de 200 millones de dólares y una vida útil de 21 años.  

Causa Rol D-37-2026 

 

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