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Primer Tribunal Ambiental escuchó alegatos en causa de reclamación por Relleno Sanitario Santa Inés

Abr 17, 2020

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  • La principal controversia de fondo radica en si el proyecto se encuentra o no emplazado sobre una falla geológica activa.
  • Ve la audiencia en el siguiente enlace: https://youtu.be/jTFfyNcTKCY

La sala del Primer Tribunal Ambiental, conformada por los Ministros Mauricio Oviedo (presidente), Marcelo Hernández y Juan Opazo, escuchó hoy, por medio de videoconferencia, los alegatos de las reclamaciones realizadas por don Miguel Painenahuel y diversas organizaciones sociales de la comuna de Alto Hospicio, que dice relación con la aprobación del proyecto Relleno Sanitario Santa Inés en la Región de Tarapacá.

Para los reclamantes, el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, -ente que aprobó el relleno sanitario- no consideró diversas observaciones ciudadanas que tenían relación, fundamentalmente, con el emplazamiento del proyecto sobre una falla geológica, en este caso la denominada Zofri Sur; la construcción del relleno sanitario sobre  un ramal de dicha falla y el tránsito de vehículos particulares que considera el proyecto.

En la audiencia, los abogados, tanto de Paninahuel y los vecinos; así como del SEA; y de la empresa Cosemar -que lleva adelante el relleno- expusieron sus argumentos respecto a las controversias y la fundamentación sobre si dicha falla se encuentra activa de acuerdo a la norma, es decir, si ha tenido una evidencia de movimiento durante los últimos 10 mil años (período del Holoceno).

El primero en presentar sus fundamentos fue el abogado Matías Ramírez Pascal, representante de la comunidad, quien expuso que no se ha acreditado que el Relleno Sanitario no se encuentre expuesto a fallas geológicas activas, tal como lo establece el artículo 11 del Decreto 189  del Ministerio de Salud, que regula este tipo de obras.

Ramírez Pascal, dijo que presentaron un informe de Sernageomín que plantea que se necesita un estudio en profundidad, el que no ha sido presentado por parte de la empresa. “Lo que se requiere es un estudio paleosismológico de la estructura completa, no solo donde se está construyendo el proyecto, sino de todo porque muchas veces una falla no genera expresión superficial”, afirmó.

En tanto, el abogado del SEA, Carlos Espinoza Vargas, explicó que ninguna de las obras se encuentra localizada sobre la falla, ni sobre los ramales y dijo que “no existía ningún argumento para declarar inadmisible la Declaración de Impacto Ambiental, DIA, del proyecto”.

Asimismo, el representante de la empresa, abogado José Herrera Toro, presentó algunos puntos de un estudio llevado a cabo por la Universidad Católica de Valparaíso, y  dijo que “no se trata que no exista un riesgo asociado a un sismo, el tema es que el titular del proyecto se haga cargo de esos riesgos”. También, fue tajante al asegurar que no se realizará ninguna construcción sobre el ramal de la falla Zofri.

En las próximas semanas, el Tribunal deberá, además, pronunciarse respecto a los aspectos de forma que fueron presentados en la audiencia y que tienen que ver con el argumento, tanto del Servicio de Evaluación Ambiental  como la empresa Cosemar S.A., que aseguran que la reclamación se interpuso fuera de plazo.

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