Antecedentes Generales

El Primer Tribunal Ambiental es un órgano jurisdiccional especial autónomo e independiente, adscrito al Poder Judicial, quedando sujeto a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema de Justicia.  Tiene como misión el resolver las controversias medioambientales de su competencia y ocuparse de los demás asuntos que la ley somete a su conocimiento.

Los Tribunales Ambientales se crean a partir de la ley 20.600 y son concebidos con un criterio descentralizador que los distribuye en el norte, centro y sur del país a fin de dar mayor acceso a la justicia ambiental.

El Primer Tribunal Ambiental tiene jurisdicción en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo, aunque su asiento se encuentra establecido en la región de Antofagasta, la Ley permite que las demandas y reclamaciones puedan ser interpuestas ante los Tribunales Ordinarios de todo el territorio jurisdiccional, sin necesidad de que los intervinientes se trasladen a la ciudad de Antofagasta.

El Primer Tribunal Ambiental está constituido como un órgano colegiado mixto es decir está compuesto por Ministros Abogados y científicos, cualidad que le permite incorporar al análisis jurídico de cada caso una mirada técnica y especializada para resolver de manera más eficiente la alta complejidad de los temas tratados, dictando sentencias sólidamente fundamentadas, generando certidumbre y confianza entre las partes.

Está integrado por tres Ministros Titulares, dos de ellos de profesión abogados y un licenciado en ciencias; además de dos Ministros Suplentes, un abogado y un profesional licenciado en ciencias.

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