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En audiencia se revisa medida cautelar que mantiene la suspensión de faenas de Quiborax en la región de Arica y Parinacota

Abr 14, 2026

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El tribunal realizó audiencia de revisión de la medida cautelar impuesta a Quiborax S.A., consistente en la suspensión de las actividades operacionales en el Salar de Surire, en el contexto de la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado, por un presunto daño ambiental en la zona, con la sola excepción de efectuar actividades de nivelación y retiro de material previamente acopiado, para su traslado a la Planta El Águila.  

Lo anterior, en virtud de la solicitud de alzamiento parcial que fue solicitada por la empresa, en relación con la última extensión de la cautelar que fue decretada el pasado 26 de marzo, con el objeto de que se autorizara un régimen de explotación limitado, espacial y temporalmente, en la zona desafectada del Salar de Surire.  

Las partes presentaron sus argumentos para que la medida se mantenga o revierta respectivamente, partiendo con la exposición de su postura la parte demandada, quien a través del abogado Mario Galindo explicó lo que este proceso judicial ha significado para la empresa, poniendo énfasis en el detrimento económico que esto significa y que los llevaría a la “liquidación forzada de la compañía”. Nuevamente recordó que la demandada ha realizado una actividad lícita por años bajo las autorizaciones entregadas por el propio estado que hoy los demanda.  

Sobre el alzamiento parcial, indicó que la autorización que se solicita se basa en acciones probados y no solo situaciones teóricas. “Sabemos exactamente cómo se desarrollan y sabemos exactamente bajo qué supuestos fiscalizados por los organismos públicos competentes, cómo se han desarrollado y sabemos exactamente cuáles son los efectos que se producen o no se producen, mejor dicho, respecto de la fauna que en este caso se ha buscado proteger”, argumentó. 

Además, explicó que las medidas serían las mismas con un “régimen de operación acotado excepcional entre los meses de mayo y diciembre, y una extracción acotada de mineral en 12 polígonos específicos”.  

Terceros coadyuvantes del demandado 

Fue el abogado Hubo Botto el encargado de exponer la postura de las comunidades cercanas al sector potencialmente afectado según la demanda, afirmando que sus representados, los comuneros del Salar de Surire y Caracota, han sufrido un desmedro económico, social y cultural a raíz de este proceso judicial.  Añade que “se ha producido un quiebre en la dinámica comunitaria, afectando la cohesión social, la colaboración entre familias y el equilibrio que históricamente ha permitido la subsistencia de este territorio”. 

Postura similar mantuvo el abogado de los sindicatos de trabajadores de la empresa, Gastón Padilla, quien que respaldó la complicada situación que viven no solo sus representados, sino que también sus familias.  

Ambos solicitaron sea acogida la solicitud de alzamiento de la medida cautelar, permitiendo a Quiborax la operación acotada en el Salar de Surire.  

La demandante 

El Consejo de Defensa del Estado afirmó que el alzamiento parcial solicitado por Quiborax constituye un riesgo no solo para la población de flamencos y sus procesos de reproducción, sino que en el salar visto como un todo.  

En base a la operación que solicita Quiborax en 12 polígonos, el abogado del CDE, Agustín Tello, explicó que la protección del salar no puede ser fragmentada territorialmente, porque cualquier actividad extractiva realizada incluso en la zona desafectada, puede producir un impacto en totalidad de la unidad ecosistémica.  

“El alzamiento necesita un cambio efectivo de las circunstancias de hechos que fundaron esa protección. Y esa situación, a nuestro juicio, no ha cambiado porque si se revisa la solicitud de la parte demandada, lo cierto es que en general la solicitud se basa en el mal estado financiero de la compañía, que no es otra cosa que consecuencia de su propio actuar”, enfatizó.  

Subrayó que las medidas que están siendo solicitado no serán las mismas del año pasado y que no aseguran un resultado. Uno puede comparar lo que se está pidiendo en esta oportunidad con lo que se autorizó durante el año pasado. El año pasado se autorizó la explotación de seis polígonos y ahora se proponen 12. El año pasado se autorizó una extracción desde junio a noviembre y ahora se pide desde mayo a diciembre, o sea, le agrega un mes al principio del periodo y otro mes al final del mismo”, acotó.  

Explicó que la postura del CDE se sostienen en la falta de antecedentes científicos que permitan respaldar que efectivamente ya no existe la necesidad de esta cautelar, lo que los hace mantener su postura de oponerse a la solicitud de autorización de un régimen de extracción solicitado.  

Finalmente, el abogado del tercero adyuvante de la demandante en representación de Doroteo Serapio Mamani Gómez y otros, Antonio Pulgar, explicó que “a lo que nos tenemos que abocar para poder discutir sobre una posible modificación de la medida cautelar dice relación con cuáles son los hechos, cuál es la información técnica disponible para determinar cuáles son las condiciones materiales sobre las cuales vamos a tomar una decisión sobre este tipo”, afirmando que respalda la postura de no acoger la solicitud y resolver el tema en lo sustantivo.  

Antecedentes 

La demanda presentada el 2 de julio de 2024 por parte del CDE buscó que Quiborax fuera condenada a reparar materialmente el Salar de Surire, incluyendo medidas de compensación y mitigación por efectos no reparables, y sostuvo que la explotación habría provocado alteraciones en la estratigrafía, topografía, escorrentía superficial, servicios ecosistémicos, hábitat y biodiversidad del salar. Además, desde el inicio pidió como cautelar la suspensión total de la faena minera durante el juicio.  

A su vez, al momento de presentar la demanda, el CDE solicitó la detención de las faenas como medida cautelar, solicitud que fue acogida por el Tribunal, la cual se ha extendida hasta la actualidad, con diferentes modificaciones y revisiones por parte de este órgano jurisdiccional. 

Decisión 

Serán ahora los ministros quienes deberán analizar los antecedentes aportados y decidir en base a ellos para resolver si se levanta de manera parcial la medida cautelar decretada.  

Causa Rol D-31-2024 

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