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1TA rechaza excepción de incompetencia solicitada por el SEA en causa ATI

Oct 11, 2018

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Tribunal además decidió rechazar medida de no innovar solicitada por el COLMED por no constituirse como el objetivo principal de la reclamación.

Ministro Daniel Guevara

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Por unanimidad de los ministros integrantes de la sala, el Primer Tribunal Ambiental desestimó la excepción de incompetencia absoluta solicitada por el SEA en contra del 1TA, para conocer de la ilegalidad de los actos administrativos emitidos por la Comisión de Evaluación Ambiental y el Director Ejecutivo del SEA mediante las Resoluciones Exentas Nº 0026, 0089, 0852 todas del año 2018 presentada por el Colegio Médico en el caso de las operaciones del galpón ATI de concentrado de cobre ubicado al interior del puerto de Antofagasta.

Entre los argumentos esgrimidos por el Primer Tribunal Ambiental, este determina a través de la resolución que; “Debido a que la reclamación planteada, ingresó por la vía del artículo 17 N° 8 de la Ley 20.600, respecto de las resoluciones exentas N°0026/2018, N°0089/2018 y N°0852/2018, existiría total competencia de este órgano jurisdiccional, según esta norma, para conocer de las reclamaciones en contra de la resolución que resuelva un procedimiento administrativo de invalidación de una acto administrativo de carácter ambiental”

En la misma resolución además se decidió rechazar la orden de no innovar solicitada por el reclamante en su presentación del 24 de agosto del 2018, por cuanto, el Tribunal estimó que “queda de manifiesto que el acto administrativo reclamado, versa sobre un fundamento que difiere de lo pedido en la orden de no innovar, ya que los actos administrativos que se intentan dejar sin efecto, son las resoluciones exentas N° 0026/2018 y 0089/2018 y 00852/2018, en cambio, el fundamento para pedir la medida cautelar, serían los supuestos efectos perniciosos que estaría originando la RCA N° 177/2012”

Por tanto, el proceso continuará como indica la ley, fijando plazo para la audiencia de alegatos de la reclamación, la que se llevará a cabo en la sala de audiencias del 1TA.

Antecedentes

Como antecedente, cabe destacar que la reclamación inicial responde a la petición del Colmed de que el Tribunal se pronuncie respecto de la legalidad de las resoluciones exentas N° 0026/2018 y 0089/2018 y 00852/2018 que resolvieron rechazar la solicitud de invalidación de las RCA, por motivos de extemporaneidad y rechazar el recurso jerárquico ante el Director Ejecutivo del SEA por improcedente.

Por esta vía el Colmed, intenta además que el Tribunal declare la nulidad de derecho publico de 3 RCA; la RCA Nº 290/2012 sobre «Actualización del proyecto Sierra Gorda», presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA el 2 de abril de 2012 y aprobada el 4 de diciembre de 2012.

La RCA Nº 186/2 012 sobre «Transporte ferroviario de concentrado de cobre presentado por Antofagasta Railway Company PLC, el 25 de abril de 2012 y aprobada el 20 de agosto de 2012 y la RCA Nº 177 /2012 sobre «Recepción, acopio y embarque de concentrados de cobre presentada por ATI S.A. el 13 de diciembre de 2011 y aprobada el 6 de agosto de 2012.

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