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Comunidades indígenas y observantes ciudadanos presentan reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental por proyecto minero “Champagne” en cerro Anocarire

Jun 9, 2026

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La Comunidad Indígena Aymara de Umirpa, la Asociación Indígena Quechua Kawsaq Llaqta y un conjunto de personas que participaron del proceso de participación ciudadana, presentaron una reclamación en contra de la resolución de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que rechazó su recurso administrativo presentado encontra de la aprobación ambiental del proyecto “Exploración Geológica Minera Champagne”, de la empresa Andex Minerals Chile SpA, filial de la empresa canadiense Andex Gold, en la Región de Arica y Parinacota.

Los reclamantes exponen que la ejecución de esta iniciativa minera contempla 12 sondajes de exploración minera en nuevas plataformas de perforación, emplazadas en el Cerro Anocarire, esto con el objetivo de evaluar la existencia de cobre, oro y plata. Obras que también considera la instalación de campamento, piscinas de lodo, caminos y otras instalaciones asociadas. Al respecto, sostienen que durante la evaluación ambiental no fueron debidamente consideradas las observaciones ciudadanas relacionadas con el componente humano, los sistemas de vida y costumbres de comunidades Aymara y Quechua, así como con los posibles impactos sobre recursos hídricos, biodiversidad y áreas protegidas.

De acuerdo con lo expuesto en la reclamación, el proyecto minero estaría emplazado en territorios indígenas ancestrales vinculados a la Comunidad Indígena Aymara de Umirpa, donde existirían sitios ceremoniales, caminos troperos, zonas de pastoreo, vertientes y bofedales utilizados por las comunidades locales. También señalan que el cerro Anocarire posee carácter de “Mallku” sagrado dentro de la cosmovisión Aymara. Además, cuestionan que ingresara como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), en lugar de un Estudio de Impacto Ambiental debido a los posibles efectos significativos sobre comunidades indígenas, recursos hídricos, flora, fauna y áreas protegidas cercanas, entre ellas la Reserva Nacional Las Vicuñas y la Reserva de la Biosfera Lauca.

Los reclamantes solicitan al tribunal dejar sin efecto la resolución del SEA, ordenando acoger las alegaciones de su parte o, en su defecto, lo que sea procedente para que sus observaciones ciudadanas sean debidamente consideradas. El tribunal decidió acoger a trámite la reclamación y solicitar al SEA la entrega de un informe con los motivos de su decisión, así como los antecedentes del procedimiento administrativo.

Medida cautelar

Los reclamantes solicitaron una medida cautelar conservativa para suspender los efectos de la RCA que aprobó el proyecto, argumentando que este no habría sido evaluado íntegramente al excluirse un camino interno indispensable para su operación. Sostienen que el inicio de las obras podría afectar gravemente el recurso hídrico, áreas protegidas, biodiversidad, medio humano y el cerro sagrado Anocarire o “Mallku”, generando impactos físicos permanentes que tornarían ineficaz una eventual sentencia anulatoria.

Además, invocan peligro en la demora y apariencia de buen derecho, sobre la base de pronunciamientos previos de la Corte Suprema y la SMA que habrían advertido la necesidad de evaluar mediante un Estudio de Impacto Ambiental las obras esenciales omitidas, por lo que estiman urgente y proporcional la paralización del proyecto.

Al respeto, el tribunal decidió conferir traslado a la parte reclamada para contar con mayores antecedentes antes de decidir sobre la medida cautelar solicitada.

Detalles del proyecto

El proyecto consiste en la ejecución de 12 sondajes de aire reverso o diamantina en un total de nueve plataformas se evaluará el potencial geológico a fin de confirmar la existencia de recursos mineros. El plazo de ejecución es de 28 meses en un área propiedad de Andex Mineralas en un sector emplazado en el sector Anocarire entre Putre y Camararones. El proyecto contempla la construcción de plataformas, caminos de accesos, piscinas de lodos, entre otras obras. La inversión que se requiere para el desarrollo del proyecto es de 18 millones de dólares.

Causa Rol R-160-2026

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